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Hola,
estoy a punto de cerrar una operación de compra de una vivienda por debajo del valor de tasación y, previsiblemente, por debajo del valor catastral corregido que figura en la hacienda autonómica (Illes Balears).
En caso de escriturar al precio de compraventa, la hacienda balear me hará una declaración paralela reclamándome ITP ajustado a su valor, que será menor del de compraventa.
Es posible escriturar por encima de ese valor?
Es un tema que quiero tratar con el vendedor porque no quiero exponerme a una sanción tan elevada.
Me gustaría saber si el precio al que hay que escriturar es POR LEY es el de compraventa o si es otro: tasación, el mismo catastral, catastral corregido…
Saludos y gracias.