Hola buenos días,
Me gustaría me pudieran orientar. Mi mujer y yo no residimos en España pero yo soy español… Estamos mirando posibilidades de compra de inmuebles para mudarnos a España, Madrid probablemente. Me gustaría saber cuáles serían los pasos a dar, ya que nos estamos liando un poco entre los requisitos para no residentes extranjeros y los que se ponen a los nacionales. Nos convendría que yo al menos fuera residente? Gracias
3 Respuesta
Buenas tardes,
El experto hipotecario Antonio Beltrán les ha indicado que sería necesario conocer cuánto pagan de alquiler porque si no va a constituir el domicilio habitual en un futuro cercano, hay que tenerlo en cuenta para el cálculo del endeudamiento, pero si como comentan, va a ser su futura residencia, sería un atenuante para la entidad que le concede la hipoteca si ustedes demuestran que ya están acostumbrados a pagar una cuota similar a lo que pagaban de alquiler o menor.
Al amparo de la nueva ley de crédito inmobiliario la concesión del préstamo hipotecario hay que realizarlo mediante una hipoteca en moneda extranjera, que nada tiene que ver con su nacionalidad y si con la moneda en la que perciben los ingresos (diferente al euro).
Santiago Cruz, CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario.
Estimado Señor Del Castillo,
Como comenta Antonio Beltrán, le porcentaje máximo de financiación para no residentes fiscales en España es el 60/70% del precio de compra.
Es importante para este tipo de financiación conocer donde residen y en que moneda tienen su fuente principal de ingresos, porque si no es euros, la nueva LCCI, que entró en vigor el pasado año, la denomina préstamo en moneda extranjera y no todas las entidades bancarias ofertan este producto. Esto se debe a los derechos que le otorga la ley al prestatario como el derecho de conversión o a la información periódica por parte de la entidad.
Por otro lado, el que usted sea español puede ser una atenuante para aumentar el porcentaje de financiación debido al arraigo, que para este tipo de hipoteca es fundamental.
Si nos amplia esta información podemos estudiar su caso sin compromiso.
Santiago Cruz, CEO en Ibercredit Consulting Hipotecario.
Hola,
Si sois no residentes no puedes decirle al banco que ahora eres residente ya que tienes que demostrarlo y no lo vas a poder hacer.
A continuación te indico los dos requisitos básicos para que os concedan la hipoteca:
- Los bancos financian a los residentes en la Unión Europea entre el 60% y el 70% del precio de compra. Si resides en un país de fuera de la Unión Europea la financiación puede bajar a entre un 50% ó 60% del precio de compra. Por lo tanto, si eres residente de la Unión Europea, tendrás que aportar entre el 40% o el 30% del precio de compra + los gastos de escritura de compraventa.
- La suma de la cuota de la hipoteca más otros prestamos, hipotecas que tengas o alquiler que pagues en el país donde estes viviendo no puede superar el 40% de vuestros ingresos.
CEO de Hipotecas Plus y broker colaborador de Futur Hipotecas.
Muchas gracias por sus respuestas.
No entendemos muy bien por qué tendría que incluirse nuestro gasto de alquiler donde vivimos ahora si la intención es la de mudarnos a Espana, pero bueno somos neófitos en estos temas.
Vivimos en Londres, y el plan sería, si todo sale bien, que una oferta de trabajo que he tenido en Espana salga adelante, y de ahí la intención de mudarnos y el mirar la posibilidad de comprar un inmueble en lugar de alquilar. Tanto mi esposa como yo mismo trabajamos en Londres y por lo tanto cobramos en libras. Yo tengo una cuenta en Espana con algunos ahorros, pero no del orden del 40% que me comentan.
Si nos pudieran ampliar la información les quedaríamos agradecidos. Ahora mismo no sé si el Reino Unido contará como dentro de la Unión Europea o no, o si habrá algún acuerdo bilateral que nos permita atenuar las condiciones. Por si es un detalle a tener en cuenta, tanto mi esposa como yo tenemos la doble nacionalidad (en mi caso, Espana y Reino Unido).
Gracias