Pueden ser clausulas abusivas y puedo recuperar los importes de ambas cláusulas?
En las escrituras de mi hipoteca hay un apartado donde pone lo siguiente:
-El principal que corresponde a esta finca es de OCHENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS (86.980,00€), respondiendo de dicho principal;sus intereses remuneratorios de dos años al tipo máximo del siete por ciento nominal anual; por la cantidad, como máximo de DIECISEIS MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS EUROS CON VEINTE CENTIMOS (16.525,20€) en concepto de intereses de demora, así como la cantidad de OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS (8.698,00€) fijada para costas, gastos y demás responsabilidades.
No entiendo porque me hacen pagar todo este dinero por adelantado, tengo yo que pagar las costas de un juicio porque lo diga un banco? Y gastos? Que yo sepa las costas las paga lo que un juez decida. Esos intereses de demora de dos años que son?
Muchas gracias
1 Respuesta
Lo que significa esta cláusula es la responsabilidad hipotecaria, que son una cantidades de las que responde la finca hipotecada en caso de impago.
No tienes, por tanto, que adelantar dinero alguno, son cantidades que entrarán en juego si en un futuro no pudieras pagar el préstamo hipotecario.
En ejecuciones hipotecarias el ejecutado paga las costas del procedimiento, me temo. Y los intereses de demora, que nunca podrán superar el triple del interés legal de dinero o dos puntos por encima del interés remuneratorio, se pagan a medida que se impaga la deuda.
saludos cordiales.